El 25 de Noviembre, celebramos el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las mujeres, en el que queremos remarcar la necesidad de una toma de conciencia sobre la difícil situación de las víctimas y la problemática derivada de esta difícil situación para sus víctimas y también para sus peques.
Actualmente, estos son los Derechos laborales reconocidos a las víctimas de violencia de género y de violencias sexuales, para procurar la conciliación del trabajo con la situación de violencia y para garantizar su protección. Si estás en esta complicada situación tienes derecho a:
- Movilidad geográfica con re-colocación en otro centro de trabajo, en un puesto de la misma categoría.
- Reducción de jornada con disminución proporcional del salario o reordenación del tiempo de trabajo: adaptación del horario, aplicación horario flexible u otras formas de ordenación.
- Realizar trabajo total o parcialmente a distancia siempre que sea compatible con tu puesto y funciones.
- Suspensión del contrato de trabajo, con reserva de puesto de trabajo y derecho a percibir prestación de desempleo
- Extinción del contrato de trabajo por voluntad propia, con derecho a percibir prestación de desempleo
Y se garantiza tu protección en caso de:
- Las ausencias o faltas de puntualidad al trabajo motivadas por la situación física o psicológica, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de Salud, se consideran justificadas y remuneradas.
- Despido: el despido o extinción del contrato con motivo de ejercer alguno de estos derechos, se considera nulo.
Si te surgen dudas, consúltanos cuál de ellos es más conveniente para tu caso particular en una de nuestras Consultas Personalizadas o rellena este sencillo formulario y nos pondremos en contacto contigo para ofrecerte soluciones concretas:
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